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Políticas con Respecto a las Referencias a Servicios de Cuidado Infantil

(Child Care Referral Policies)

CHILD ACTION, INC. cree que los padres son los más aptos, para elegir los servicios de cuidado infantil que satisfagan la situación de su familia en particular. Nuestro objetivo es proporcionarles a los padres información y referencias a una amplia gama de servicios de cuidado infantil, en la comunidad de Sacramento.

CHILD ACTION, INC. proporcionará referencias a servicios de cuidado infantil gratis, que concuerden con las necesidades de los padres, en lo que se refiere a información, con el pleno reconocimiento del derecho de los padres a la confidencialidad.

CHILD ACTION, INC. proporcionará información sobre servicios de cuidado infantil, en el Condado de Sacramento, según esté disponible, pero no puede hacer recomendaciones. La elección del cuidado infantil queda en las manos de los padres. Child Action, Inc. no ha inspeccionado, ni garantiza las condiciones del establecimiento del proveedor, ni la calidad de la supervisión que reciben los niños. Child Action, Inc. no es responsable de los arreglos acordados entre el padre/la madre y el proveedor.

CHILD ACTION, INC. proporcionará referencias a servicios a guarderías infantiles en el hogar y a centros de cuidado infantil públicos y privados, que cuenten con licencia. Se harán referencias a servicios a programas de cuidado infantil, que no cuenten con licencia, únicamente si no hay ningún requisito de que el establecimiento cuente con licencia. Entre estos programas podrían incluirse las cooperativas de padres, los programas de recreo o los programas basados en la comunidad.

CHILD ACTION, INC. elaborará y mantendrá un archivo de recursos de servicios de cuidado infantil para el Condado de Sacramento que incluye, pero no se limita a la siguiente información: 1) tipo de programa; 2) horas de servicio; 3) edades de los niños a los que se les prestan los servicios; 4) tarifas y elegibilidad para servicios; e 5) información relevante sobre el programa. A los proveedores de los centros de cuidado infantil y de las guarderías infantiles en el hogar se les exige proporcionar documentación firmada, de sus tarifas por los servicios.

CHILD ACTION, INC. recomienda encarecidamente a los padres, que ejerzan su derecho y responsabilidad de examinar los antecedentes relacionados con la licencia de un posible proveedor de servicios de cuidado infantil, a la disposición en el establecimiento, antes de colocar a su hijo bajo su cuidado. Es posible que un expediente más completo, que incluya quejas o infracciones para los programas que cuentan con licencia, en el Condado de Sacramento, esté a la disposición en las oficinas que se indican enseguida.

En su calidad de padre/madre, usted tiene derecho a obtener información sobre cualesquier quejas justificadas o cuestionables acerca de un proveedor de cuidado infantil, que usted seleccione para su hijo. Esa información es pública, y usted puede obtenerla, llamando a la oficina local apropiada, que esté encargada de otorgar licencias, en:

Guarderías Infantiles en el Hogar (Family Child Care Homes): Agencia Encargada de Otorgar Licencias a Guarderías Infantiles en el Hogar, del Condado de Sacramento (Sacramento County Family Child Care Licensing)
(916) 875-2808
Centros de Cuidado Infantil (Child Care Centers): Agencia Encargada de Otorgar Licencias de Cuidado en la Comunidad (Community Care Licensing)
(916) 229-4530

Algunos programas basados en la comunidad están exentos de licencia. Pregunte acerca de sus políticas y procedimientos con respecto a las quejas.

CHILD ACTION, INC. no discrimina en contra de individuos o agrupaciones, en base a la raza, religión, color, origen nacional o abolengo, edad, incapacidad, sexo o preferencia sexual.

Archivos de Referencias a Servicios de Child Action, Inc.
POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LOS PROVEEDORES DE CUIDADO INFANTIL
  1. INFORMACIÓN SOBRE LA INSCRIPCIÓN:
    • La inscripción en los Archivos de Referencias a Servicios de Child Action, Inc. es voluntaria.
    • Todos los centros de cuidado infantil y las guarderías infantiles en el hogar en los archivos de referencias a servicios tienen que contar con licencia, o estar exentos de licencia.
    • Los proveedores se inscriben de las siguientes maneras:
      • Los proveedores pueden solicitar su inscripción, en cualquier momento.
      • Se establecerá contacto anualmente con todos los proveedores, que cuenten con licencia, para pedirles su permiso para referir a sus servicios.
      • Se establecerá contacto con los nuevos proveedores, a medida que obtengan su licencia.
    • A cada proveedor se le pide que proporcione la siguiente información:
      • Número de licencia y fechas de vigencia
      • Domicilio, número de teléfono y nombre del director
      • Edades de los niños a los que prestan sus servicios
      • Horas de operación
      • Tarifas que cobran por sus servicios
      • Tipo de cuidado que se ofrece
      • Copia de la licencia
      • Material impreso sobre el programa y sus servicios
         
  2. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LOS ARCHIVOS DE REFERENCIAS A SERVICIOS:
    Child Action, Inc. suspenderá temporalmente la referencia a servicios de cuidado infantil a una guardería infantil en el hogar o a un centro de cuidado infantil, bajo las siguientes circunstancias:
    • Child Action, Inc. recibe una queja acerca de un proveedor de cuidado infantil.
    • Un funcionario oficial a cargo de otorgar licencias le notifica a Child Action, Inc. sobre una investigación de un proveedor de cuidado infantil.
    • A un programa se le está investigando formalmente por maltrato o negligencia infantil.
    • A un proveedor se le pone en un período de prueba.

Los proveedores pueden presentar una petición para apelar con:
     R&R Senior Program Supervisor
     Child Action, Inc.
     9961 Horn Road
     Sacramento, CA 95827

Las referencias a servicios se reanudarán, una vez que se reciba la notificación de que la queja o la investigación se ha resuelto satisfactoriamente.

  1. EXCLUSIÓN PERMANENTE DE LOS ARCHIVOS DE REFERENCIAS A SERVICIOS:
    A un proveedor de cuidado infantil puede excluírsele de los archivos de referencias a servicios, bajo las siguientes circunstancias:
    • El proveedor solicita que se le excluya de los archivos.
    • La licencia del proveedor no se renueva, se suspende o se revoca.
    • Al proveedor se le condena por maltrato, negligencia o abuso sexual infantil.
    • El proveedor discrimina en base a la raza, religión, color, sexo, incapacidad, edad o preferencia sexual.
    • El proveedor ha cometido tres infracciones de salud y de seguridad, en el plazo de un año.
    • Al proveedor no puede localizársele, ni por teléfono ni por carta, con el fin de actualizar su expediente.
    • El proveedor recibe un mandato judicial de suspensión temporal (temporary suspension order-TSO).

La petición para apelar tiene que presentarse, por escrito, en un plazo de quince (15) días laborables, a partir de la causa para la notificación de la exclusión permanente.

  1. LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA EXCLUSIÓN INCLUIRÁN QUE:
    • A todos los proveedores que satisfagan los criterios anteriores para la exclusión se les incluirá en el archivo inactivo, y el Especialista en Información se los notificará.
    • La notificación, por escrito, tiene que informarle a la persona que la reciba los motivos de la exclusión, la fecha de vigencia y el proceso de apelaciones.
    • A los Programas de Pago Alterno y de Cuidado Infantil en el Hogar se les notificará sobre todos los proveedores, a los que se les excluya de los archivos de referencias a servicios.
    • A la Junta Directiva de Child Action, Inc. se le notificará sobre todos los proveedores, a los que se les excluya de los archivos de referencias a servicios, por motivos distintos a su propia petición.
  1. PROCESO DEL DERECHO A APELAR:
    • Los proveedores tienen derecho a apelar la exclusión permanente de los archivos de referencias a servicios.
    • Los proveedores pueden presentar una petición para apelar con:
           R&R Senior Program Supervisor
           Child Action, Inc.
           9961 Horn Road
           Sacramento, CA 95827
    • Las peticiones para apelar tienen que presentarse, por escrito, y Child Action, Inc. tiene que recibirlas, en un plazo de quince (15) días laborables, a partir de la causa para la notificación de la exclusión permanente.
    • Child Action, Inc. les notificará a los proveedores sobre las resoluciones de la apelación, en un plazo de treinta (30) días laborables, a partir de que se reciba su petición para apelar.