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Derechos de los Padres al Buscar Servicios de Cuidado Infantil

Derechos de los Padres

Child Action, Inc. cree que los padres son los más aptos, para elegir los servicios de cuidado infantil que satisfagan la situación de su familia en particular. Nuestro objetivo es proporcionarles a los padres información y referencias a una amplia gama de servicios de cuidado infantil, en la comunidad de Sacramento.

La Ley de Oliver
La ley estatal de California exige a un establecimiento de cuidado infantil, que cuente con licencia, que tenga accesible al público una copia de cualquier informe con respecto a la licencia, pertinente al establecimiento, que documente una visita al establecimiento o cualesquier quejas justificadas o cuestionables. Además, es posible que un expediente más completo, con respecto al titular de la licencia para el cuidado infantil, esté a la disposición en una oficina de la División Encargada de Otorgar Licencias de Cuidado en la Comunidad, del Departamento de Servicios Sociales del Estado (State Department of Social Services Community Care Licensing Division). Usted tiene derecho a tener acceso a cualquier información pública en estos expedientes.

La Ley de Norteamericanos con Incapacidades (Americans with Disabilities Act - ADA) (ver folleto, en inglés)
El propósito de la Ley de Norteamericanos con Incapacidades (ADA) es hacer que la búsqueda de servicios de cuidado infantil sea menos problemática, para las familias con niños con incapacidades u otras necesidades especiales. Conforme a la ADA, una ley federal de derechos civiles, los centros de cuidado infantil no pueden discriminar en contra de padres o niños con necesidades especiales, ni tampoco pueden cobrar más de lo que cobrarían por cualquier otro niño. Los centros de cuidado infantil y las guarderías infantiles en el hogar tienen que estar dispuestos a hacer “adaptaciones razonables”, que satisfagan las necesidades individuales de los niños. Esto propicia oportunidades fabulosas de planificar para los niños con incapacidades u otras necesidades especiales, e incluirlos en todas las áreas de infancia temprana. Todo mundo se beneficia.

Child Action, Inc. recomienda enfáticamente a los padres que deben ejercer sus derechos y responsabilidades, de examinar los antecedentes relacionados con la licencia de un posible proveedor de servicios de cuidado infantil, a la disposición en el establecimiento, antes de colocar a un niño bajo su cuidado. Algunos programas están exentos de licencia. Pregunte acerca de sus políticas y procedimientos con respecto a las quejas. Es posible que un expediente más completo, que incluya quejas o infracciones para los programas que cuentan con licencia, en el Condado de Sacramento, esté a la disposición en las oficinas que se indican enseguida.

Si a un programa se le considera un programa “exento de licencia”, como por ejemplo una cooperativa de padres, un programa de recreo o un programa basado en la comunidad, usted querrá preguntarle al personal del programa sobre sus políticas con respecto a las quejas, ya que la agencia encargada de otorgar las licencias no tendrá información a la disposición en relación a estos programas.

Child Action, Inc. proporciona información sobre los proveedores, según ésta esté disponible, pero no hace recomendaciones. La elección del cuidado infantil es el derecho y la responsabilidad de los padres.

Información de Contacto de las Agencias Encargadas de Otorgar Licencias:
Para las guarderías infantiles en el hogar, por favor comuníquese a la Agencia Encargada de Otorgar Licencias a Guarderías Infantiles en el Hogar (Family Child Care Licensing), al (916) 875-2808.
Para los centros de cuidado infantil, por favor comuníquese al Programa de Cuidado Infantil de River City (River City Child Care Program), al (916) 263-5774.